Imagina que tu madre de 82 años ingresa en el hospital por una simple infección urinaria y, días después, la encuentras con una úlcera por presión de grado III que nadie te había mencionado. O peor aún, que tu padre, tras una intervención rutinaria, sufre una caída en el hospital que le provoca una fractura de cadera porque nadie respondió a su llamada cuando necesitaba ayuda para ir al baño. Estas situaciones, lejos de ser excepcionales, representan la dolorosa realidad de muchos pacientes geriátricos en nuestro sistema sanitario.

La vulnerabilidad del paciente geriátrico ante la negligencia médica

Los pacientes de edad avanzada constituyen uno de los grupos más vulnerables dentro del sistema sanitario. Su fragilidad física, la frecuente presencia de múltiples patologías simultáneas (pluripatología) y la complejidad de sus tratamientos los convierten en víctimas potenciales de errores médicos que, en muchas ocasiones, pasan desapercibidos o son minimizados por el propio sistema.

Cuando alguien llega al despacho tras sufrir una negligencia médica relacionada con un familiar mayor, lo primero que percibo es una mezcla de dolor, culpa e impotencia. Muchos familiares se sienten responsables por no haber estado más pendientes o no haber cuestionado determinadas decisiones médicas. Es importante que sepas que no estás solo en este proceso y que existen mecanismos legales para hacer valer los derechos de nuestros mayores.

Factores que aumentan el riesgo de negligencia en pacientes geriátricos

  • Edadismo sanitario: discriminación basada en la edad que puede manifestarse en forma de atención menos exhaustiva o tratamientos menos agresivos.
  • Dificultades de comunicación: problemas auditivos, cognitivos o lingüísticos que complican la expresión de síntomas.
  • Polifarmacia: el uso simultáneo de múltiples medicamentos aumenta el riesgo de interacciones adversas.
  • Presentación atípica de enfermedades: muchas patologías se manifiestan de forma diferente en ancianos, dificultando su diagnóstico.
  • Falta de especialización geriátrica en muchos centros hospitalarios.

Tipos más frecuentes de negligencias médicas en pacientes geriátricos

A lo largo de mi trayectoria en este tipo de asuntos, puedo afirmar que existen patrones recurrentes en las negligencias que afectan a pacientes mayores. Identificarlos es el primer paso para poder actuar contra ellos:

Errores en la medicación

Los errores de medicación representan aproximadamente el 37% de las negligencias en pacientes geriátricos. Estos pueden incluir:

  • Dosificación incorrecta (especialmente crítica en pacientes con función renal o hepática comprometida)
  • Omisión de ajustes necesarios por edad o peso
  • Interacciones medicamentosas no previstas
  • Prescripción de fármacos contraindicados para determinadas patologías previas
  • Falta de monitorización de efectos secundarios

Veamos por qué este detalle marca la diferencia: un paciente geriátrico metaboliza los fármacos de manera diferente, y lo que para un adulto joven podría ser una dosis estándar, para un anciano puede resultar tóxica. El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, establece claramente la obligación de personalizar los tratamientos considerando todas las variables del paciente.

Úlceras por presión y lesiones por inmovilización

Las úlceras por presión constituyen un claro indicador de calidad asistencial deficiente. Según la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo (como en la STS 535/2012), las úlceras por presión en pacientes hospitalizados son, en la mayoría de los casos, evitables con los cuidados adecuados.

La aparición de estas lesiones suele estar vinculada a:

  • Falta de cambios posturales regulares
  • Ausencia de superficies especiales para manejo de presión
  • Deficiente valoración del riesgo mediante escalas validadas (Braden, Norton, etc.)
  • Desatención de la hidratación y nutrición del paciente

En mi opinión como abogado especializado en negligencias médicas, las úlceras por presión representan uno de los casos más claros de mala praxis, pues existe un consenso científico sobre su prevención y un protocolo establecido que, cuando se incumple, genera una responsabilidad difícilmente excusable.

Caídas hospitalarias

Las caídas en el entorno hospitalario afectan desproporcionadamente a los pacientes geriátricos y pueden tener consecuencias devastadoras: fracturas de cadera, traumatismos craneoencefálicos e incluso fallecimientos. La Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, establece en su artículo 8 la obligación de los centros sanitarios de garantizar la seguridad de los pacientes, lo que incluye la prevención de caídas.

Las negligencias más habituales en este ámbito incluyen:

  • Ausencia de valoración del riesgo de caídas al ingreso
  • Falta de implementación de medidas preventivas (barandillas, alarmas, etc.)
  • Demora excesiva en la respuesta a las llamadas de asistencia
  • Sedación inadecuada que aumenta el riesgo de caídas
  • Falta de supervisión en pacientes con deterioro cognitivo

Marco legal: derechos específicos del paciente geriátrico

Los pacientes geriátricos no solo están amparados por la legislación general en materia sanitaria, sino que su condición de especial vulnerabilidad les confiere protecciones adicionales que es fundamental conocer:

Legislación básica aplicable

  • Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente: Regula el consentimiento informado, que debe adaptarse a las capacidades cognitivas del paciente mayor.
  • Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a personas en situación de dependencia: Establece derechos específicos para personas mayores dependientes.
  • Real Decreto 1030/2006, que establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, incluyendo atenciones específicas para pacientes geriátricos.
  • Código Civil (artículos 1101 y 1902): Base para reclamaciones por responsabilidad contractual y extracontractual.
  • Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: Regula la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria.

Jurisprudencia relevante

La jurisprudencia ha ido consolidando criterios específicos para valorar las negligencias en pacientes geriátricos. Destacan sentencias como:

  • STS 535/2012: Establece que las úlceras por presión son evitables con los cuidados adecuados.
  • STS 1002/2005: Reconoce la obligación de adaptar la información al paciente geriátrico.
  • STS 6227/2011: Establece la responsabilidad por falta de supervisión adecuada en pacientes con riesgo de caídas.

Según mi experiencia en este tipo de casos de negligencia médica, los tribunales están cada vez más sensibilizados con la situación de los pacientes geriátricos, y las indemnizaciones por daños causados a este colectivo han experimentado un incremento significativo en los últimos años.

El proceso de reclamación: pasos fundamentales

Reclamar por una negligencia médica que ha afectado a un paciente geriátrico requiere seguir un proceso estructurado que maximice las posibilidades de éxito:

Documentación necesaria

La base de cualquier reclamación exitosa es una documentación exhaustiva. Es imprescindible recopilar:

  • Historia clínica completa (solicitada formalmente)
  • Informes de alta hospitalaria
  • Resultados de pruebas diagnósticas
  • Prescripciones médicas y hojas de tratamiento
  • Registro de enfermería (especialmente importante en casos de úlceras o caídas)
  • Fotografías de lesiones o secuelas (fechadas)
  • Informes periciales de valoración del daño

Lo que suelo recomendar a mis clientes en estos casos es que soliciten la historia clínica lo antes posible, preferiblemente por escrito y con acuse de recibo, invocando expresamente el derecho de acceso recogido en el artículo 18 de la Ley 41/2002.

Vías de reclamación disponibles

Existen diferentes caminos para canalizar una reclamación por negligencia médica en pacientes geriátricos:

  1. Reclamación administrativa previa: Obligatoria cuando la negligencia se ha producido en la sanidad pública. Se presenta ante el Servicio de Atención al Paciente o el órgano equivalente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  2. Vía civil: Para reclamaciones contra centros o profesionales privados, buscando una indemnización económica.
  3. Vía contencioso-administrativa: Cuando la reclamación administrativa previa ha sido desestimada o no contestada en el plazo legal.
  4. Vía penal: En casos de negligencia grave que pudiera constituir un delito de lesiones por imprudencia profesional (artículo 152 del Código Penal).

Aquí viene lo que nadie te cuenta: la elección de la vía adecuada puede determinar no solo el éxito de la reclamación, sino también la cuantía de la indemnización. Por ejemplo, las indemnizaciones obtenidas por vía civil suelen ser superiores a las conseguidas por vía administrativa.

Plazos para reclamar

Los plazos de prescripción son absolutamente críticos y varían según la vía elegida:

  • Reclamación administrativa: 1 año desde que se produjo el daño o desde que se manifestaron sus secuelas.
  • Vía civil: 5 años (tras la reforma del Código Civil de 2015).
  • Vía penal: Varía según la gravedad del delito (de 1 a 5 años generalmente).

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? El cómputo del plazo en casos de pacientes geriátricos puede ser especialmente complejo cuando existen secuelas evolutivas o cuando el paciente fallece como consecuencia diferida de la negligencia.

Valoración del daño y cálculo de indemnizaciones

La cuantificación económica del daño causado por una negligencia médica a un paciente geriátrico presenta particularidades que deben ser consideradas:

Criterios específicos para pacientes geriátricos

Aunque no existe un baremo específico para negligencias médicas, los tribunales suelen aplicar por analogía el baremo de accidentes de tráfico (Ley 35/2015), con adaptaciones para el contexto sanitario. En pacientes geriátricos, se consideran factores como:

  • Esperanza de vida ajustada a la edad y condición previa
  • Pérdida de calidad de vida y autonomía
  • Intensificación de cuidados necesarios
  • Impacto psicológico en el paciente y su entorno familiar
  • Gastos médicos adicionales derivados de la negligencia

Desde mi perspectiva como letrado con experiencia en negligencias médicas, uno de los aspectos más injustos del sistema actual es la tendencia a infravalorar el daño en pacientes de edad avanzada bajo el argumento de su menor esperanza de vida, cuando precisamente su vulnerabilidad debería ser un factor de corrección al alza.

Componentes de la indemnización

Una indemnización completa por negligencia médica en un paciente geriátrico debe contemplar:

  • Daño emergente: Gastos efectivamente realizados (tratamientos adicionales, adaptaciones del hogar, contratación de cuidadores, etc.)
  • Lucro cesante: Aunque menos frecuente en pacientes jubilados, puede aplicarse en casos de pensiones contributivas afectadas.
  • Daño moral: Sufrimiento psíquico, pérdida de calidad de vida, impacto emocional.
  • Daños permanentes: Secuelas físicas o psíquicas irreversibles.
  • Daños temporales: Períodos de hospitalización, rehabilitación o convalecencia.

Estrategias para fortalecer la reclamación

El éxito de una reclamación por negligencia médica en pacientes geriátricos depende en gran medida de la estrategia jurídica adoptada:

La importancia de la prueba pericial

El informe pericial médico constituye la piedra angular de cualquier reclamación por negligencia. Este documento debe:

  • Establecer con claridad la relación causa-efecto entre la actuación sanitaria y el daño producido
  • Identificar las desviaciones de la lex artis ad hoc (protocolos y buenas prácticas)
  • Cuantificar objetivamente las secuelas y su impacto funcional
  • Valorar las particularidades del paciente geriátrico que hacían previsible el riesgo

Mi valoración legal, tras años dedicados a este tipo de reclamaciones, es que la calidad y especialización del perito médico puede marcar la diferencia entre ganar o perder un caso. Es fundamental contar con un especialista en geriatría que comprenda las particularidades de estos pacientes.

Negociación extrajudicial

Antes de iniciar un procedimiento judicial, que puede ser largo y costoso, es recomendable explorar vías de acuerdo extrajudicial. Las compañías aseguradoras de responsabilidad civil sanitaria suelen estar dispuestas a negociar cuando:

  • La negligencia es evidente y bien documentada
  • Existe un informe pericial sólido
  • Se plantea una reclamación económica razonable y bien fundamentada

La negociación extrajudicial puede ofrecer ventajas significativas: resolución más rápida, menor coste emocional para el paciente y su familia, y evita la incertidumbre inherente a todo proceso judicial.

Casos prácticos: ejemplos de reclamaciones exitosas

Para ilustrar la aplicación práctica de estos conceptos, veamos algunos casos reales (con datos modificados para preservar la confidencialidad):

Caso 1: Úlceras por presión en paciente hospitalizado

Paciente de 87 años ingresado por neumonía que desarrolla úlceras por presión de grado IV durante su estancia hospitalaria. La reclamación se fundamentó en:

  • Ausencia de valoración inicial del riesgo (escala de Braden)
  • No implementación de medidas preventivas pese a ser un paciente de alto riesgo
  • Falta de registro de cambios posturales en las hojas de enfermería
  • Ausencia de información a la familia sobre la aparición y evolución de las lesiones

Resultado: Indemnización de 42.000€ por vía extrajudicial, tras acreditar que las úlceras provocaron un sufrimiento innecesario y prolongaron la hospitalización en más de 30 días.

Caso 2: Error de medicación con consecuencias graves

Paciente de 79 años con insuficiencia renal a quien se prescribe un antibiótico nefrotóxico sin ajuste de dosis, provocando un deterioro irreversible de su función renal que le obliga a someterse a diálisis.

Elementos clave del caso:

  • Constancia en la historia clínica de la insuficiencia renal previa
  • Ausencia de monitorización de la función renal durante el tratamiento
  • Informe pericial que estableció claramente la relación causal

Resultado: Sentencia favorable con indemnización de 125.000€ que incluía el daño moral, los gastos de adaptación del domicilio y la contratación de un cuidador a tiempo parcial.

Preguntas frecuentes sobre negligencias médicas en pacientes geriátricos

¿Puede reclamar la familia si el paciente geriátrico ha fallecido como consecuencia de la negligencia?

Sí, los herederos del paciente fallecido pueden ejercer dos tipos de acciones: la acción iure hereditatis (reclamando los daños sufridos por el fallecido antes de morir, que se incorporan a su herencia) y la acción iure propio (por los daños morales y patrimoniales sufridos directamente por los familiares). El plazo para reclamar comienza a contar desde el fallecimiento o desde que se establece la relación causal entre la negligencia y la muerte.

¿Cómo se demuestra una negligencia médica cuando el paciente geriátrico tiene múltiples patologías previas?

La pluripatología no exime de responsabilidad al profesional sanitario, sino que exige un mayor nivel de diligencia. La clave está en demostrar que, independientemente de las patologías previas, la actuación médica no se ajustó a la lex artis y que existe un nexo causal entre dicha actuación y el daño producido o agravado. Para ello, es fundamental contar con un informe pericial especializado que analice la historia clínica completa y determine si las complicaciones eran previsibles y evitables con una actuación médica diligente.

¿Qué indemnización puede esperar un paciente geriátrico por una negligencia médica grave?

Las indemnizaciones varían enormemente según las circunstancias específicas, pero es importante saber que la edad avanzada no debe ser un factor que reduzca drásticamente la compensación. Los tribunales cada vez son más sensibles a valorar adecuadamente aspectos como el deterioro de la calidad de vida, el sufrimiento causado y las necesidades asistenciales generadas. En casos graves, como aquellos que generan dependencia total, las indemnizaciones pueden oscilar entre 60.000€ y 300.000€, incluyendo tanto el daño moral como los gastos asistenciales futuros capitalizados.

Conclusión: La defensa efectiva de los derechos del paciente geriátrico

La protección jurídica de los pacientes geriátricos frente a negligencias médicas no es solo una cuestión legal, sino también ética y social. Estos pacientes, especialmente vulnerables, merecen una atención sanitaria de calidad y, cuando esta falla, tienen derecho a una reparación justa y completa.

En NegligenciaMedica.Madrid, bajo mi dirección como abogado especializado, ofrecemos un enfoque integral para estos casos: desde la valoración inicial de la viabilidad de la reclamación hasta la ejecución de la sentencia o acuerdo. Nuestro equipo multidisciplinar, que incluye médicos colaboradores especializados en geriatría, garantiza un análisis exhaustivo de cada caso y una estrategia jurídica personalizada.

Si tú o un familiar habéis sufrido una negligencia médica, no permitáis que la complejidad del sistema os disuada de reclamar vuestros derechos. Con el asesoramiento adecuado, es posible obtener la compensación que merecéis y, lo que es igualmente importante, contribuir a mejorar la calidad asistencial para futuros pacientes.

Recuerda: los derechos de los pacientes geriátricos no caducan con la edad. Estamos aquí para defenderlos con el rigor, la empatía y la dedicación que merecen.