¿Por qué no me ofrecieron ensayos clínicos disponibles? Esta es una pregunta que escucho con frecuencia en mi despacho, pronunciada con una mezcla de dolor e indignación por pacientes oncológicos que descubren, a veces demasiado tarde, que existían alternativas terapéuticas que nunca les fueron mencionadas. Como abogado especializado en negligencias médicas oncológicas, comprendo perfectamente tu frustración y desconcierto.
Te prometo que en este artículo encontrarás respuestas claras sobre tus derechos como paciente y las posibles vías legales si has sido víctima de esta omisión. A continuación, analizaremos en profundidad las causas, consecuencias y acciones legales relacionadas con la falta de información sobre ensayos clínicos disponibles en tratamientos oncológicos.
La realidad de los ensayos clínicos no ofrecidos: un problema frecuente en oncología
La falta de información sobre ensayos clínicos disponibles constituye una de las quejas más recurrentes entre pacientes oncológicos. Muchos descubren, a través de otros pacientes o por investigación propia, que existían estudios clínicos para su tipo específico de cáncer que podrían haber representado una oportunidad de tratamiento, pero que nunca les fueron mencionados por su equipo médico.
Esta omisión puede tener consecuencias devastadoras, especialmente en casos donde los tratamientos convencionales han fracasado o cuando el pronóstico inicial es desfavorable. Los ensayos clínicos no solo representan una posibilidad adicional de tratamiento, sino que en muchos casos ofrecen acceso a terapias innovadoras que posteriormente se convierten en estándares de tratamiento.
¿Qué son exactamente los ensayos clínicos y por qué son importantes?
Los ensayos clínicos son estudios de investigación diseñados para evaluar la seguridad y eficacia de nuevos tratamientos, combinaciones de medicamentos o enfoques terapéuticos. En oncología, estos estudios pueden ofrecer:
- Acceso a tratamientos innovadores no disponibles de otra manera
- Atención médica de alto nivel y seguimiento exhaustivo
- Oportunidades terapéuticas cuando las opciones estándar se han agotado
- Posibilidad de contribuir al avance científico y ayudar a futuros pacientes
En mi experiencia como abogado especializado en negligencias oncológicas, he constatado que muchos pacientes que podrían haberse beneficiado de estos ensayos nunca fueron informados de su existencia, lo que plantea serias cuestiones éticas y legales.
¿Por qué no me ofrecieron ensayos clínicos disponibles? Razones habituales
Existen múltiples razones por las que los médicos pueden no informar a los pacientes sobre ensayos clínicos disponibles. Algunas son comprensibles desde el punto de vista práctico, mientras que otras pueden constituir una vulneración del derecho a la información del paciente:
Desconocimiento por parte del equipo médico
Muchos oncólogos, especialmente en centros pequeños o con gran carga asistencial, pueden no estar al día de todos los ensayos clínicos disponibles. La investigación oncológica avanza rápidamente, y mantenerse actualizado requiere tiempo y recursos que no siempre están disponibles.
Criterios de inclusión restrictivos
Los ensayos clínicos suelen tener criterios de elegibilidad muy específicos. Algunos médicos pueden asumir prematuramente que el paciente no cumplirá estos criterios sin realizar una evaluación completa o consultar con los investigadores del ensayo.
Barreras geográficas o logísticas
Si los ensayos se realizan en centros distantes, algunos médicos pueden considerar que la participación sería demasiado complicada para el paciente, tomando esta decisión sin consultarle.
Intereses económicos o institucionales
En casos más preocupantes, pueden existir conflictos de interés que influyan en la decisión de no informar sobre determinados ensayos, especialmente si estos se realizan en otros centros o compiten con protocolos propios del hospital.
El marco legal: tu derecho a ser informado sobre todas las alternativas terapéuticas
La legislación española es clara respecto al derecho de los pacientes a recibir información completa sobre su condición y las alternativas terapéuticas disponibles. Este derecho está recogido principalmente en:
- La Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, que establece el derecho a conocer toda la información disponible sobre cualquier actuación en el ámbito de la salud
- La Ley 14/1986 General de Sanidad, que reconoce el derecho a la información sobre los servicios sanitarios a los que puede acceder el paciente
- El Código de Deontología Médica, que obliga a los médicos a informar de forma comprensible sobre las opciones clínicas disponibles
Desde mi perspectiva como abogado especializado, cuando un médico no informa sobre ensayos clínicos relevantes para la condición del paciente, podría estar incumpliendo su deber de información, elemento fundamental del consentimiento informado.
¿Constituye una negligencia médica no informar sobre ensayos clínicos disponibles?
La cuestión clave es determinar si la falta de información sobre ensayos clínicos puede considerarse una negligencia médica. Para ello, debemos analizar varios factores:
Criterios para determinar si existe negligencia
Para que la omisión de información sobre ensayos clínicos pueda considerarse negligencia, generalmente deben cumplirse estos requisitos:
- Existencia de ensayos clínicos relevantes para la condición específica del paciente en el momento del tratamiento
- Accesibilidad razonable a dichos ensayos (geográfica y logísticamente)
- Cumplimiento por parte del paciente de los criterios de inclusión del ensayo
- Potencial beneficio terapéutico que podría haber supuesto para el paciente
- Omisión deliberada o negligente de esta información por parte del equipo médico
En mi experiencia profesional, he observado que los casos más claros de negligencia se producen cuando existe documentación que demuestra que el centro hospitalario participaba en ensayos relevantes para el paciente o cuando otros especialistas han confirmado posteriormente que el paciente habría sido un candidato idóneo.
Consecuencias de no haber sido informado sobre ensayos clínicos disponibles
Las consecuencias de esta omisión pueden ser diversas y, en algunos casos, devastadoras:
Impacto en el pronóstico y calidad de vida
La pérdida de oportunidad terapéutica puede traducirse en:
- Progresión de la enfermedad que podría haberse controlado
- Sometimiento a tratamientos convencionales con efectos secundarios severos
- Reducción de la esperanza de vida
- Deterioro de la calidad de vida
Daño moral y psicológico
Descubrir que existían alternativas que nunca fueron ofrecidas puede causar un profundo impacto emocional, generando sentimientos de traición, desconfianza en el sistema sanitario y angustia por lo que podría haber sido.
Cómo demostrar que no te ofrecieron ensayos clínicos disponibles
Probar que no se ofreció información sobre ensayos clínicos puede ser complejo, pero existen estrategias efectivas:
Documentación clave para tu reclamación
Es fundamental recopilar:
- Historia clínica completa, que debe reflejar todas las opciones discutidas durante las consultas
- Documentación sobre ensayos clínicos activos durante tu tratamiento para tu tipo específico de cáncer
- Informes periciales de oncólogos independientes que evalúen si eras candidato a dichos ensayos
- Testimonios de otros especialistas que hayan confirmado tu elegibilidad para estos estudios
- Registros de comunicaciones con el equipo médico donde se evidencie la falta de información
Como abogado especializado en estas reclamaciones, siempre recomiendo a mis clientes solicitar inmediatamente una copia completa de su historia clínica y buscar una segunda opinión médica que pueda evaluar retrospectivamente su elegibilidad para ensayos clínicos.
Pasos para reclamar si no te ofrecieron ensayos clínicos disponibles
Si consideras que has sido víctima de esta omisión de información, estos son los pasos que debes seguir:
Vías de reclamación disponibles
- Reclamación administrativa: Presentar una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Paciente del centro hospitalario
- Reclamación patrimonial: Si se trata de un centro público, iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración
- Demanda civil: En caso de centros privados, interponer una demanda por responsabilidad civil
- Denuncia ante el Colegio de Médicos: Por posible vulneración del Código Deontológico
La elección de la vía más adecuada dependerá de las circunstancias específicas de cada caso, incluyendo si el tratamiento se recibió en la sanidad pública o privada, el tiempo transcurrido y la evidencia disponible.
Plazos para reclamar: actúa antes de que sea tarde
Es crucial conocer los plazos de prescripción:
- Para reclamaciones patrimoniales contra la Administración sanitaria: 1 año desde que se produjo el daño o desde que se manifestaron sus efectos
- Para demandas civiles contra centros privados: 5 años desde que se produjo el daño (según el artículo 1964 del Código Civil tras la reforma de 2015)
Estos plazos pueden interpretarse de manera flexible en casos oncológicos, considerando el momento en que el paciente tuvo conocimiento real de la existencia de ensayos clínicos que podrían haber sido relevantes para su caso.
Casos reales: cuando no ofrecer ensayos clínicos disponibles tuvo consecuencias legales
Aunque cada caso es único, existen precedentes judiciales relevantes. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de 19 de julio de 2018, reconoció una indemnización a un paciente oncológico al que no se le informó de un ensayo clínico para el que cumplía todos los criterios de inclusión, considerando que se había producido una pérdida de oportunidad terapéutica.
Similarmente, el Tribunal Supremo ha establecido en diversas sentencias que el deber de información incluye todas las alternativas terapéuticas razonables, incluso aquellas que no estén disponibles en el centro donde se trata al paciente, pero a las que podría acceder mediante derivación.
¿Qué indemnización puedo reclamar si no me ofrecieron ensayos clínicos disponibles?
La cuantificación de la indemnización en estos casos suele basarse en varios factores:
- Pérdida de oportunidad terapéutica: Valorada según la probabilidad de éxito que hubiera tenido el ensayo clínico
- Daño moral por la angustia y sufrimiento causados
- Gastos médicos adicionales derivados de la progresión de la enfermedad
- Lucro cesante si la omisión afectó a la capacidad laboral del paciente
Las indemnizaciones pueden variar considerablemente, desde algunos miles hasta cientos de miles de euros en los casos más graves donde se demuestra que el ensayo clínico omitido tenía altas probabilidades de éxito.
Cómo prevenir que no te ofrezcan ensayos clínicos disponibles: consejos prácticos
Para pacientes oncológicos que están iniciando su tratamiento, recomiendo:
- Preguntar específicamente a tu oncólogo sobre ensayos clínicos disponibles para tu tipo de cáncer
- Buscar información en registros oficiales como REEC (Registro Español de Estudios Clínicos) o ClinicalTrials.gov
- Solicitar una segunda opinión en centros de referencia con programas activos de investigación
- Contactar con asociaciones de pacientes específicas para tu tipo de cáncer
- Documentar todas las conversaciones con tu equipo médico
En mi opinión como abogado especializado en negligencias oncológicas, la proactividad del paciente es fundamental, pero esto no exime al médico de su obligación de informar adecuadamente sobre todas las opciones disponibles.
Conclusión: tus derechos cuando no te

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Negligencias Médicas. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Negligencias Médicas. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.