En su mayoría, los demandantes han tenido que ser indemnizados por los daños y perjuicios causados. Hablamos, por tanto, de una de las consecuencias más agravantes que una persona puede sufrir por negligencia médica. Y es que los daños ocasionados tienen implicaciones físicas, morales y económicas.
Ahora, ¿Qué es realmente una amputación por negligencia médica? ¿Qué dice la ley de España ante estos casos? ¿Cuándo debo interponer una reclamación? Toda esta información la abordaré de manera clara y concisa en este artículo.
¿Qué es una amputación por negligencia médica?
Podemos decir que una negligencia médica que ha provocado una amputación es un corte quirúrgico de una extremidad que se le ha realizado a un paciente de forma innecesaria. Es decir, que la decisión de someter a la persona a este tipo de intervención deriva de fallos en el ejercicio profesional sanitario.
Esto significa que el paciente podía conservar su extremidad de no ser por la negligencia cometida por el personal médico. Como es lógico, en estos casos es posible interponer una reclamación judicial para demandar una compensación.
Sin embargo, se debe comprobar que la amputación fue realizada por desidia o descuido de los profesionales de la salud. ¿Es importante la asesoría de un abogado en negligencias médica para estos casos? Claro que sí.
¿Cuáles son los casos de negligencias médicas que provocan una amputación?
Basándome en los casos que he conocido durante mi trayectoria como abogado especialista en la materia, una amputación por negligencia médica puede ser provocada por:
- Retrasos en el diagnóstico y errores alusivos en las indicaciones médicas recetas a pacientes diabéticos.
- Agravamiento por infección quirúrgica.
- Shocks sépticos, es decir, infecciones que se extendieron a otras partes del cuerpo y no fueron detectadas ni se le suministró el tratamiento a tiempo.
- Intervenciones mal ejecutadas que causan un síndrome compartimental.
- Imprudencias asociadas con la toma o el control de una vía arterial durante una intervención quirúrgica, forzando la amputación.
¿Qué dice la ley sobre estos casos?
La Ley 35/2015, de 22 de septiembre contempla las situaciones en las que, lamentablemente, el centro de salud debe compensar al paciente por la amputación de extremidades, una vez que se compruebe que el corte fue realizado por negligencia médica. Estas son:
- Secuelas padecidas por la persona.
- Perjuicio estético.
- Daños morales asociados a secuelas psicofísicas, orgánicas y sensoriales.
Por otro lado, en el artículo 105 de esta normativa, precisa que cuando las secuelas sufridas por el paciente alcanzan los 60 puntos, la indemnización será obligatoria.
Tengo que destacar que este sistema de puntaje responde a un baremo de indemnizaciones, el cual fija un valor número a las secuelas, daños y perjuicios, a fin de establecer la cantidad por la que será compensando el paciente.
Ahora, en relación con los daños morales complementarios por perjuicio estético, el artículo 106 estipula que en los casos que el daño sea ponderada con una puntuación de 36 puntos o más, el centro médico tendrá que indemnizar al paciente afectado.
¿Cuál es la indemnización por negligencia médica que deriva en amputación?
Ciertamente, una indemnización no te devolverá la extremidad que le fue amputada al paciente, pero es “el precio” que debe pagar el médico o el centro sanitario por los daños ocasionados.
La pregunta es: ¿Cuánto recibe la persona afectada en este caso? Bueno, la compensación varía de acuerdo a la esperanza de vida del paciente, sin embargo, es posible que trascienda los 3 millones de euros cuando las consecuencias han sido extremadamente graves, como el corte quirúrgico de las cuatro extremidades en jóvenes.
Y ojo, la indemnización también debe cubrir otras atenciones médicas. Nos referimos a:
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- Costes vinculados con la adaptación de la casa en la que reside el paciente.
- Incapacidad laboral.
- Gastos asociados con un vehículo adaptado (prótesis, sillas de ruedas…).
- Gastos si es necesaria la contratación de una persona que la ayude, como un auxiliar médico sanitario.
- Pérdida de autonomía personal.
- Periodo de incapacidad temporal.
- Rehabilitación, bien sea domiciliaria o ambulatoria.
¿Cuánto tiempo tengo para interponer una reclamación tras ser amputado negligentemente?
En el preciso momento que conoces que se trató de una amputación por negligencia médica, tendrás un periodo de un año para interponer una reclamación judicial en aras de recibir una indemnización.
Nuestra recomendación es que acudas a un abogado especialista para que te ayude a evaluar la situación y te asesore sobre los pasos que debes seguir para poner la denuncia ante las entidades pertinentes.
Eso sí, el abogado debe tener en cuenta las particularidades de tu caso, ya que el tiempo límite es posible que varíe si eliges una vía civil o administrativa. Vamos, ponte en contacto con nosotros, te asesoraremos profesionalmente.